ITP de vehículos usados en Región de Murcia
Reglas vigentes del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales para la compraventa de vehículos usados entre particulares en Región de Murcia. Se aplica la primera regla que encaja.
Reglas aplicables
| Caso | Se aplica |
|---|---|
| turismos, todoterrenos, motocicletas, otros vehículos, más de 12 años, hasta 1000 cc | cuota fija de 0 € — No es necesario presentar autoliquidación (art. 6.10.a). |
| turismos, todoterrenos, motocicletas, otros vehículos, más de 12 años, hasta 1500 cc, desde 1001 cc | cuota fija de 30 € |
| turismos, todoterrenos, motocicletas, otros vehículos, más de 12 años, hasta 2000 cc, desde 1501 cc | cuota fija de 50 € |
| caso general | 4 % |
Fuentes: Decreto Legislativo 1/2010 de Murcia — art. 6.10 (añadido por Ley 1/2020) (verificado el 2026-09-02); ATRM — Compraventa de vehículo usado (verificado el 2026-09-02). Más de 12 años (estricto). Con más de 2.000 cc no hay cuota y se aplica el 4% estatal supletorio.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto ITP se paga por un coche usado en Región de Murcia?
turismos, todoterrenos, motocicletas, otros vehículos, más de 12 años, hasta 1000 cc: cuota fija de 0 €; turismos, todoterrenos, motocicletas, otros vehículos, más de 12 años, hasta 1500 cc, desde 1001 cc: cuota fija de 30 €; turismos, todoterrenos, motocicletas, otros vehículos, más de 12 años, hasta 2000 cc, desde 1501 cc: cuota fija de 50 €; caso general: 4 %.
¿Sobre qué valor se calcula el ITP?
Sobre el mayor entre el precio pactado y el valor de las tablas de Hacienda (Orden HAC/1501/2025) con su depreciación por antigüedad. Ese valor de tablas es el que calcula esta herramienta.
¿Quién paga el ITP y dónde?
El comprador, en la comunidad autónoma donde tiene su residencia habitual, normalmente mediante el modelo 620/621 antes del cambio de titularidad en la DGT.