ITP de vehículos usados en Cantabria

Reglas vigentes del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales para la compraventa de vehículos usados entre particulares en Cantabria. Se aplica la primera regla que encaja.

Hacienda cuenta los años de uso de fecha a fecha. Sin este dato el resultado puede quedarse un tramo por encima.
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Reglas aplicables

CasoSe aplica
turismos, todoterrenos, más de 10 años, hasta 999 cc, no históricoscuota mínima de 45 € (o el 6 % si es mayor) — Cuota mínima: se paga el mayor importe entre la cuota y el 6% del valor.
turismos, todoterrenos, más de 10 años, hasta 1499 cc, desde 1000 cc, no históricoscuota mínima de 60 € (o el 6 % si es mayor) — Cuota mínima: se paga el mayor importe entre la cuota y el 6% del valor.
turismos, todoterrenos, más de 10 años, hasta 1999 cc, desde 1500 cc, no históricoscuota mínima de 90 € (o el 6 % si es mayor) — Cuota mínima: se paga el mayor importe entre la cuota y el 6% del valor.
caso general6 %

Fuentes: Decreto Legislativo 62/2008 (TR Cantabria) — art. 11, redacción vigente desde 01/01/2025 (Ley 3/2024) (verificado el 2026-09-02); Agencia Cántabra de Administración Tributaria — vehículos (verificado el 2026-09-02). Tipo general de muebles 6% (no 8%, que es anterior a 2018; no 4%). La ley fija cuotas MÍNIMAS, no fijas: turismos >10 años y >=2.000 cc quedan fuera de la tabla y tributan al 6%. Vehículos históricos excluidos de la tabla. Existen además tablas para comerciales/industriales y motos (primer año) no aplicables a esta calculadora.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto ITP se paga por un coche usado en Cantabria?

turismos, todoterrenos, más de 10 años, hasta 999 cc, no históricos: cuota mínima de 45 € (o el 6 % si es mayor); turismos, todoterrenos, más de 10 años, hasta 1499 cc, desde 1000 cc, no históricos: cuota mínima de 60 € (o el 6 % si es mayor); turismos, todoterrenos, más de 10 años, hasta 1999 cc, desde 1500 cc, no históricos: cuota mínima de 90 € (o el 6 % si es mayor); caso general: 6 %.

¿Sobre qué valor se calcula el ITP?

Sobre el mayor entre el precio pactado y el valor de las tablas de Hacienda (Orden HAC/1501/2025) con su depreciación por antigüedad. Ese valor de tablas es el que calcula esta herramienta.

¿Quién paga el ITP y dónde?

El comprador, en la comunidad autónoma donde tiene su residencia habitual, normalmente mediante el modelo 620/621 antes del cambio de titularidad en la DGT.